´Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoara el ciudadano INGERMAN WLADIMIR TORRES ROJAS contra el ciudadano JORDI JESUS VELASQUEZ RODRIGUEZ, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se decreta MEDIDA de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DOCE MIL CIENTO SETENTA Y UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SEIS CENTAVOS (USD$. 12.171,6), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un 30 % del monto reclamado, que asciende a la cantidad de MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SEIS CENTAVOS (USD$. 1.587,6), cifra ésta ya incluida en el monto antes señal.....