En fecha 25/04/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, librado en el Juicio por COBRO DE BOLIVARES; seguido por la Abogada NELLY ARCAYA, inscrita en el Inpreabogado Nº 74.685, actuando como Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil FRANCISCO COLINA COMPAÑÍA ANONIMA (FRANCCA), en contra de la Sociedad Mercantil demandada. y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la parte demanda. Para su fiel y estricto cumplimiento, se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 10/05/2012 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por la Abg. NELLY JOSEFINA CALLES, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.685, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil .....