Se observa en el presente asunto que han transcurrido más de estos seis meses, sin que el fiscal haya presentado el respectivo acto conclusivo, es por ello, que en virtud de la magnitud del daño causado y la eventual dificultad que la presente investigación pudieran tener, y en vista de que la imputación fiscal data del año 2007, este tribunal Tercero de control, en nombre de la República y por autoridad de la ley, le otorga al Ministerio Público un plazo de Sesenta (60) días a los fines de la presentación por ante este tribunal del respectivo acto conclusivo. Publíquese. Remítase la presente a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público a los fines de ser agregada a la causa principal.