VII
DISPOSITIVA
Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el Abogado PEDRO LARA HURTADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.750, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano CESAR ANTONIO LOYO, contra la Sentencia dictada en fecha 28 de Agosto de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes, por las razones que se explanaran en la parte motiva de esta sentencia.
TERCERO: No hay Condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, agréguese y Notifíq.....