Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado ALIRIO PALENCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.018, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadana DORA ARCAYA, en contra de la decisión de fecha 12 de Marzo de 2010, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró Sin Lugar la impugnación propuesta por el apoderado judicial de la parte actora, contra la sustitución de poder. Quedando en consecuencia, la decisión recurrida definitivamente firme.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y.....