Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES) presentada por los ciudadanos: LISSETT COROMOTO VALLADARE y GUSTAVO ERNESTO MEDINA CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.800.087 y V-10.705.956, respectivamente, de este domicilio; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante la Primera autoridad del Registro Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 11/02/2024, según acta N° 26. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal y al Registro Civil de la Parroqu.....