Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: la DESAFECTACIÓN DEL HOGAR, que fue constituido a favor del ciudadano HUMBERTO JONATHAN CONCHA TORRES, ampliamente identificado en el encabezado del presente fallo, de un (01) apartamento destinado a vivienda, distinguido con el Número C-81, identificado con la cédula catastral No. 103998A, ubicado en el piso 8, Bloque C, del Edificio "Conjunto Residencial La Boyera", situado en la carretera de Baruta - El Hatillo, Municipio Baruta del estado Miranda. Dicho inmueble tiene un área aproximada de setenta y seis metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados (76,88 mts2) y consta de las siguientes dependencias, salón-comedor, dos (02) dormitorios, un (01) baño principal, coci.....