Por todas las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA, PRIMERO: La constitución del Tribunal de Juicio en forma UNIPERSONAL, en la causa seguida a los ciudadanos JOSÉ BRAVO LEÓN, YOVANNY GREGORIO FERNANDEZ y DAVID JOSÉ GARCÍA DÍAZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. 11.475.324, 9.932.653 y 16.519.609, respectivamente, naturales de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 52 último aparte de la Ley contra la Corrupción. SEGUNDO: Se ordena fijar el JUICIO ORAL Y PÚBLICO para el día 15 de DICIEMBRE DE 2005 a las 10:00 de la mañana. Líbrese oficio a la Oficina de Participación ciudadana informándole sobre la constitución del Tribunal en forma Unipersonal. Cítese a e.....