Con fuerza en la motivación que antecede, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara : CON LUGAR la solicitud de prorroga solicitada por el Ministerio Público, y le concede al mismo un plazo de quince (15) días a los fines de que presente el acto conclusivo respectivo, manteniendo por ende, la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad impuesta a los ciudadanos Albes Rafael Gotilla Sánchez y Julio José Cuaro, los cuales empezaron a correr a partir del 18 de Octubre del 2007, momento en el cual se cumplen los treinta días de privación de libertad a los encartados de autos. Cúmplase. Notifíquese.