Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a ARGÉNIS JESÚS SANGRONIS RAMONES, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 20.164.415, mayor de edad, nació el 12/03/89, 23 años de edad, soltero, estudiante, residenciado Trinchera, casa sin número, calle principal, frente a la panadería la fortaleza, de esta ciudad de Coro Estado Falcón, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN Y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el articulo 37 concatenado con el articulo 4 de la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y el finan.....