Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la defensa perentoria de falta de cualidad e interés en los demandados para sostener el presente juicio, opuesta por el defensor judicial de las demandadas, Yaveska Josefina Hernández García y Maria José Meléndez Hernández, en la demanda incoada por los ciudadanos Wilfredo Ramón Meléndez Sánchez, Amado José Meléndez Sánchez y Wilmer Rodolfo Meléndez Sánchez todos plenamente identificados en el texto del presente fallo, por Nulidad de Asiento Registral.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso.
Déjese copia certificada de la presente sentencia en el copiador de senten.....