En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar apelación interpuesta por el abogado Fernando Iván Pírela, en su carácter de apoderado del ciudadano PEDRO NAPOLEON REYES, contra la sentencia dictada en fecha 13 de noviembre de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró inadmisible la demanda de amparo intentada por el apelante contra RENNY HERNANDEZ y MARGENA ROSENDO DE NAVAS, en sus condiciones de Director Asistencial y de Directora Administrativa de la Unidad Médico Asistencial del Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación del Estado Falcón (IPASME); y se revoca la sentencia apelada por los motivos señalados.
SEGUNDO: El cese inmediato de la suspensión del salario y demás beneficios corre.....