ESTE TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN LA CIUDAD DE CORO, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de ORDEN DE APREHENSIÓN, planteada por el profesional del derecho HENRY PETIT, parte querellante actuando en nombre y representación del Ciudadano JESUS MONTILLA APONTE, y en consecuencia SE ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano RODOLFO BARRAEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.897.826, licenciado en Comunicación Social, domiciliado en Avenida 8B, casa Nº 853, Punto Fijo, Jurisdicción del Municipio Carirubana, Estado falcòn, a quien se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de DIFAMACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 442 del Código Penal. SEGUNDO: Notifíquese a todos los órganos de investigaciones penales de la presente decisión y organismos de seguridad del estado as.....