Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITEN las pruebas presentadas y promovidas por los Abogados ROSALYN RODRIGUEZ PIÑA y RAFAEL GALINDEZ E., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 130.782 y 39.919, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante ciudadano ORLANDO RAFAEL REYES MATHEUS; SEGUNDO: La parte demandada Empresa "C" Y "G" CONSTRUCCIONES, C.A., y el INSTITUTO NACIONAL PARA LA VIVIENDA (INAVI), no presentaron prueba alguna, pero por tratarse ésta última de un ente público, goza de los privilegios procesales, y dichos privilegios benefician a la precitada empresa "C" Y "G" CONSTRU.....