En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Gleiny González Caballero, en su carácter de apoderada judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., mediante diligencia de fecha 3 de agosto de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, en fecha 27 de julio de 2011, con motivo del juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, seguido por la apelante contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y SUMINISTROS RIO Y MAR, C.A., mediante la cual declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.