Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, competente en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PENALMENTE CULPABLE y RESPONSABLE al adolescente (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA) por la comisión de los delitos de AGAVILLAMIENTO, DE LOS DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, específicamente, ACTOS LASCIVOS, ULTRAJE AL PUDOR PÚBLICO, DE LOS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, específicamente, LESIONES PERSONALES LEVES, y los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente, ROBO AGRAVADO previstos en los artículos 286, 376, 381, 416 y 458 del Código Penal Venezolano, en contra de los ciudadanos HERNAN MILLARES, JOSE GAUNA, ANGÉLICA BORGES Y EDIMAR DIAZ, dictándose en este sentido SENTENCIA CONDENATO.....