En definitiva, la petición estudiada no sólo resulta contraria a derecho en cuanto sólo resulta dable a las partes cuestionar la competencia subjetiva del juez instando la incidencia recusatoria, sino que ¿además- constituye una afrenta inadmisible a la Magistratura que pretende socavar la credibilidad de esta Sala por medio de conductas reñidas con la ética que deben guardar los profesionales del derecho ante estrados, por lo que ameritan ser censuradas expresamente. De este modo, la "solicitud de inhibición" planteada resulta improponible. Así se decide."
Conforme con las sentencias supra transcritas, se puede concluir que, la
inhibición es "una potestad de la que el Juez dispone", un acto por de carácter voluntario que el juzgador con la finalidad de garantizar su imparcialidad utiliza, cuando considera que se encuentra incurso en cualquiera de las causales previstas en la norma, siendo sólo éste la persona idónea para saber si, efectivamente, en su fuero interior existe algún m.....