En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA EUGENIA GARCÍA LA CRUZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 154.382, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil FRANCISCO COLINA COMPAÑÍA ANÓNIMA (FRANCCA), contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 4 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Se declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la sociedad mercantil FRANCISCO COLINA COMPAÑÍA ANÓNIMA (FRANCCA), c.....