Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SANTA ANA DE CORO DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal y la querella por el representante de las victimas contra de los adolescentes acusados , IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de uno de los delitos denominados CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio del ciudadano occiso NERIO ANGEL SANCHEZ SANCHEZ, de nacionalidad venezolana de 45 años de edad, nació en fecha 13/01/1968, por el delito de COOPERADORES INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, EN LA EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, tipificado en los artículos 406 y 458 concatenado con el artículo 83 del Código Penal Vigente, y sancionado .....