Por todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (Procedimiento de Intimación), (Expediente N° 1.932-2.003), seguido por ante este Tribunal por la Ciudadana DORALIS ANTONIA FIGUEROA DE VERA, venezolana, mayor de edad, casada, oficinista, titular de la cédula de identidad N° 9.508.738, civilmente hábil para tratar y contratar, domiciliada en la Urbanización Urupagua, Avenida Maracaibo, Quinta Eva B-5, de esta Ciudad de Coro Estado Falcón, debidamente asistida por el Abg. GUSTAVO ADOLFO VARGAS SALGUEIRO, en contra del Ciudadano MIGUEL BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.759.976, domiciliado en la siguiente dirección Residencias Los Anaucos, Callejón Coca Cola, entre el Callejón Cuartel y Prolongación Manaure, N° 01, de esta Ciudad de Coro del Estado Falcón. Se acuerda no.....