DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara sin lugar la revisión de la medida de los ciudadanos EUCLIDES JOSE MORILLO HERMAN Y JUDITH DEL CARMEN HERMAN GONZALEZ los delitos de EXTORSIÓN EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el 83 del Código Penal, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Articulo 6 de la Ley contra la delincuencia Organizada, en perjuicio de de la menor YUNESKA NICOLL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, YULISSA CATALINA GONZALEZ MONTERO, madre de la adolescente y PEDRO RODRIGUEZ, padre de la menor, por cuanto por estos delitos se libro la orden de aprehensión, contra de los ciudadanos EUCLIDES JOSE MORILLO HERMAN Y JUDITH DEL CARMEN HERMAN GONZALEZ.