Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano WILMER YOBANIS ARCAYA, titular de la cédula de identidad personal número 6.691.696, domiciliado en Santa Cruz de Bucaral, Callejón Bolívar, Casa N° 09, Municipio Unión, Estado Falcón, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, y el artículo 49 ordinal 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se hace constar que las partes intervinientes quedaro.....