Por los motivos expuestos, este Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Capatárida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, según lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39.152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006 en su articulo 3, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo derechos de terceros, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: CARMEN LUCÍA CASTEJON SUAREZ y LUÍS ENRÍQUE CORONADO PÍÑA, ambos identificados y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 31 de Marzo de 1987, por ante Prefecto de la Parroquia Coquivacoa, Distrito Maracaibo del Estado Zulia (hoy Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia), anotada bajo el Nro. 350.