Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos ADAN ALCIRO GARCIA COLINA, titular de la cédula de identidad N° 20.276.101, y ANGEL DANIEL RIVAS MARIN, demás documentos de identificación se desconocen, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de La Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EVELIN RAMARIS ORTEGA ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-12.834.164, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico .....