Por las razones que quedaron expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA -y en consecuencia extinguida la misma- en el procedimiento que por REINVIDICACIÒN DE INMUEBLE ha incoado los ciudadanos GEANAMY AUXILIADORA GIMENEZ CASTILLO y ANGELO MODANO CASTELLANO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.202.967 y V-9.655.309, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, de conformidad con el principio dispositivo establecido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el 12 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arancel Judicial y artículos 267 (ordinal 1º) y 269 del Código.....