PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y LA TERMINACIÓN DEL PROCESO. SEGUNDO: Se ordena oficiar a la coordinación judicial para el archivo definitivo del presente expediente una vez vencido el lapso de Cinco (05) días hábiles para que las partes interpongan el recurso que consideren. Tercero: En razón de lo declarado, el demandante no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos Noventa (90) días