IV
DECISION
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO; Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo.
SEGUNDO; Se ADMITE la acción de amparo interpuesta por el ROBERTO GILSON FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 221.150, contra el CLAP "SIMÓN BOLÍVAR", adscrito al CONSEJO COMUNAL CENTRO CORO. Se ordena notificar a la ciudadana BELIMAR CHIRINOS titular de la cédula de identidad N° V-14.027.935, para que en el termino perentorio de 48 horas, contadas a partir de que conste en autos el resultado de la ultima notificación que se ordena librar, consigne información relacionada con la presunta violación o amenaza que dio lugar a la presente interposición de amparo.
Se ordena notificar a la ciudadana Fisc.....