Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la presente demanda de ACCION REIVINDICATORIA, presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO LEAÑEZ MORLES venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.506.434, y con domicilio procesal en la Ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, debidamente asistido por el abogado: HECTOR EFRAIN J. LEAÑEZ D., debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 38.294, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL CHIRINOS MORLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.026.545, domiciliado en la Avenida Ali Primera, Casa Nº 20, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón. De conformidad con lo establecido en el Artículo 34.....