Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Único: PERECIDO el recurso de apelación ejercida por la abogada Honoria Marlene Irausquín, titular de la cédula de identidad n.º 4.179.551 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.º 15.049, quien actúa con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Julio César Sanguino Arellano, titular de la cédula de identidad n.º 6.005.296; contra la decisión de fecha trece (13) de noviembre de dos mil diez (2010), dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón; en el asunto JMS-2011-232 (Nomenclatura de ese Tribunal).
Remítase el expediente mediante oficio al Tribunal a quo, en la oportunidad.....