En estos casos, el proceso se suspende, porque el expediente original debe pasar a la Alzada, para que resuelva, y si confirma el fallo apelado, el Juez natural, será el declarado competente, no el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Por tanto, se ordena devolver el expediente conformado por copias certificadas, para que se remita todo el expediente original