Del análisis de los documentos anexados a la presente solicitud, se observa que ha quedado demostrada la existencia de un error material en el Acta de Nacimiento del ciudadano William Enrique Romero Hernández. Por tales razones, este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION POR ERROR MATERIAL DEL ACTA DE NACIMIENTO del solicitante, ciudadano WILLIAM ENRIQUE ROMERO HERNÁNDEZ, en la forma siguiente: en donde transcribieron su primer nombre como WILLIAN ENRIQUE, debe decir WILLIAM ENRIQUE, que es lo correcto. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil