En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de la demanda incoada por el ciudadano WILMAR JESUS GUANIPA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.489.477, de este domicilio, contra el ente gubernamental SECRETARIA DE SALUD DE LA GOBERNACION DEL ESTADO FALCON; en el procedimiento incoado por reembolso de gastos médicos. SEGUNDO: No hay condenatoria de acuerdo con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.