En consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ejecutada la Sentencia, condenatoria dictada en contra de los penados ALEXIS OMAR COLINA PEROZO, venezolano, nacido en fecha 21-09-1973, de profesión u oficio comerciante de 33 años de edad, domiciliado en la Calle Paraguay, Nro. 41, entre Zamora y Girardot, y PEDRO ROBERTO CAPRILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.766.150, de 32 años de edad, nacido en fecha 22-09-1974, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en la calle Bolívar, Barrio Las Margaritas, casa s/n, diagonal a la Panadería Anabel, actualmente recluidos en la sede del Internado Judicial en la ciudad de Coro Estado Falcón; CONDENADOS por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 e.....