En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad del Circuito Judicial penal del Falcón administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PRESCRIPCIÓN DE LA PENA, a la cual fue condenado el ciudadano ARCANGEL JOSE COLINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en Cabimas, Estado Zulia en fecha 02 de Septiembre de 1.971, titular de la cédula de identidad N° 11.452.606, hijo de Ramona Hernández y Arcángel Colina, domiciliado en el Barrio La Florida, Calle Porvenir, casa N° 22, Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, mediante sentencia de fecha 30 de Noviembre de 1.992, emanada por el extinto Tribunal Superior Segundo Accidental en lo Penal del Estado Falcón, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS previsto y sancionado en el artículo 377 en concordancia con el ordinal primero del artículo 375, ambos del Código Penal, vigente para el momento de la comisió.....