Este Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CULPABLE a los ciudadanos GREGORIO JESUS MORALES y SERGIO QUEVEDO DUARTE, por el delito de: ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal; a la pena de Seis (06) Años de Prisión más las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal., consistente en la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, pena esta que terminará de cumplir conforme a las precisiones que estime procedente el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución, que por Distribución corresponda conocer de la presente causa. Y por último se condena al pago de las costas procesales, por cuanto se evidencia la situación económica de los condenados, por la cir.....