En mérito de las consideraciones anteriores, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, actuando en sede Constitucional; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano YVOR JOSÉ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.705.865, contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO (IMASEO) por las razones que se explanan en la parte motiva de la presente decisión. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión al Síndico Procurador Municipal de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. ASI SE DECIDE. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presen.....