Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185, y de la sentencia de fecha 09/12/2016, Nº 1070, presentada por el (la) ciudadano (a): MIGDALYS ROSANNA MANAURE QUIÑONES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V– 14.794.554, domiciliado en la Urbanización Independencia Primera Etapa, casa Nro. 06, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estado Falcón, número de teléfono 04127990781 y 04127680599 y correo electrónico .....