este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: REDIMIDA LA PENA por concepto de trabajo y de estudio a la penada WILMAR DEL VALLE SIVIRA COVIS, titular de la cédula de identidad V-21.688.735, y actualmente recluida en el Internado Judicial del Estado Falcón, en CINCO (5) MESES y VEINTIDOS (22) días de pena por concepto de trabajo y estudio; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena y los artículo 507 y 508 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.