Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Pueblo Nuevo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA -y en consecuencia extinguida la misma- en el procedimiento de DIVORCIO 185-A incoado por el ciudadano LUIS ANTONIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.236.462, domiciliado en la calle Colina de Nuena Vista, sector El Paujil, casa sin número, Parroquia Buena Vista del Municipio Falcón del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil y con el principio dispositivo establecido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el 12 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arancel Judicial y artículos 267 (ordinal 1º) y 269 del Código de Procedimiento Civil.