Este Juzgador, revisando las actas que rielan en el presente asunto y una vez habiendo admitidos los hechos el ciudadano RAMON ANTONIO MOSQUERA REVILLA pasa a considerar en relación a los argumentos antes expuestos, el juez considera en revisar la medida de privativa de libertad la cual pesa sobre el ciudadano anteriormente señalado, ya que el mismo se encuentra privado de su libertad desde hace ya año y medio sin que hubiese podido haber venido ante esta instancia jurisdiccional, a demostrar su inocencia, en consecuencia se solicita se acuerde para el mismo la medida menos gravosa a la privativa de libertad la cual pudiese consistir en presentaciones periódica ante el tribunal, o en el mas extremo de los casos en un arresto domiciliario, para lo cual ciudadano juez valore usted y tome en consideración los argumentos antes expuestos, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN CON MODIFICACION Y LAS PRUEBAS OFERTADAS, por el Ministerio Público y la Defensa Privada y Publica . SEGUNDO: En .....