Este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: DECRETA al Imputado JHOISER JAVIER PARRA PERDOMO, titular de la cédula de identidad personal número V.18.640.823, de 22 años de edad, venezolano, soltero, de profesión u oficio Obrero, natural y residenciado en la ciudad de Maracay, en el Barrio San Rafael, Calle Bolívar, Casa Nº 33, Maracay Estado Aragua, la medida de PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo dispuesto en los artículos 250, 251 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en los artículos 452 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de JOSE GREGORIO CARRASQUERO. SEGUNDO: Se decreta el Procedimiento Ordinario y se acuerda la remisión de la causa, a la Fiscalia del Ministerio Publico, en su oportunidad correspondiente. Todo de conformidad con los Art.....