En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad que confiere la ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de la demanda incoada por la ciudadana YULBREENG GRISSETTE VASQUEZ SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.806.697, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, contra la empresa CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO AI, C.A., por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total.