DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y CONSECUENCIALMENTE LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en el presente asunto seguido a los ciudadanos NICOLANTONIO UNGARI LOMANZO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad número V-11.528.330, nacido en fecha 10/12/1959, de 52 años de edad, de estado Civil casado, de profesión u oficio Ingeniero Electricista, natural de la Ciudad de Bari – Italia y residenciado en la Urbanización el Bosque, Residencias Milenium, Piso 14, Apto. 14, Valencia Estado Carabobo y JOSE RAMON URDANETA BRITO, de Nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad número V-6.027.235, nacido en fecha 10/02/1961, de 51 años de edad, de estado Civil casado, de profesión u oficio Ingeniero Mecánico,.....