DISPOSITIVA
A tal efecto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la entrega en Guarda y Custodia del vehículo con las siguientes Características: ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO identificado con las siguientes características MARCA: CHEVROLET, TIPO: SEDAN; PLACAS: AF441XK; MODELO: MALIBU: AÑO 1982; COLOR: GRIS; USO: PARTICULAR; SERIAL DE MOTOR: 5A43983; COLOR AZUL Y GRIS SERIAL N.I.V. D1W69ACV322432, SERIAL DE CARROCERIA: D1W69ACV322432, cuya devolución fue solicitada por el ciudadano RONY ALBERTO ALCANTARA MILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.159.774, domiciliado San Luis con calle 05 y 06, casa Nº04 sector Francisco de Miranda II, Municipio Carirubana estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, dicho solicitante no podrá enajenar ni gravar el referido vehículo, así como tampoco podrá .....