este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud presentada por la Abg. María Gabriela Leañez, Fiscal 11° del Ministerio Público del estado Falcón y ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, por lo que una vez aprehendido debe ser puesto a la disposición de la Fiscalía 11° del Ministerio Público del estado Falcón a cargo de la Abg. María Gabriela Leañez. Expídase la Orden Judicial de Aprehensión y remítanse todas las actuaciones a la Fiscalía 11 del Ministerio Público del estado Falcón.