Por los fundamentos expuestos, es por lo que éste JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACTUANDO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, solicitado por la ciudadana YANNELYS MILAGROS GUTIERREZ TUDARES, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.846.802, de profesión Técnico Superior Universitario, domiciliada en la Población de Mene Mauroa, Municipio Autónomo Mauroa del Estado Falcón; actuando sin asistencia de abogado en representación de sus hijos ..........., de seis (06) y cuatro (04) años de edad; a los fines de garantizar el Interés Superior de los Niños antes mencionados, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 466-B de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DEC.....