En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada NELLY CALLES ARCAYA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ROLANDO ENRIQUE LUGO LUGO, mediante diligencia de fecha 10 de junio de 2014.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 5 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró SIN LUGAR la demanda que por DECLARATORIA JUDICIAL DE COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoara el ciudadano ROLANDO ENRIQUE LUGO LUGO contra la ciudadana SANDRA MARIA ROMERO TORRES.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Cód.....