Se ordena el traslado del penado hasta la sede de este Circuito Judicial Penal a los fines de imponerlo sobre la presente decisión para el día MARTES 27 DE MARZO DE 2007, a las 10:00 de la mañana, a los fines de que manifieste si se acoge al Beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y en caso afirmativo que consigne los recaudos exigidos por el legislador a tal efecto. Ofíciese al batallón Coronel Atanasio Girardot Ejercito Libertador de esta ciudad de Coro, Estado Falcón para que trasladen al penado de autos en la fecha y hora indicada. Notifíquese a las partes de la presente decisión, Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN,
ABG. JENNY OVIOL RIVERO.
EL SECRETARIO,
ABG. GUILLERMO AMAYA.