esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de amparo constitucional incoado ante esta Sala por la ciudadana MARIA DEL VALLE BARRETO CHACON, actuando en nombre propio, contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, conforme a lo dispuesto en la doctrina vinculante que estableció el procedimiento de amparo constitucional, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 01 de febrero de 2000, en el caso José Amado Mejías Betancourt, por incomparecencia de la mencionada accionante a la audiencia oral constitucional fijada por esta Corte de Apelaciones para el día 19/¿7/2011.