este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación de ACTA DE NACIMIENTO a favor de la ciudadana: PERLA MARGARITA ZAVALA LUGO y ORDENA conforme a lo establecido en él articulo 502 del Código Civil, remitir con oficios copias certificadas de la presente decisión al Ciudadano Registrador Civil del Municipio Miranda, Parroquia San Antonio del Estado Falcón y al ciudadano Registrador Principal del Estado Falcón, a fin de que en el acta de nacimiento anotada con el Nº 45 del año de 1943, donde se haga constar las correcciones emanada de este Juzgado, que consiste en 1) Donde dice como que nació el día veintitrés del año próximo pasado (siendo presentada en el año 1943, se entiende que nació en el año 1942 y es incorrecto, debe decir .....